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domingo, 8 de abril de 2012

Obligaciones Fiscales

Si usted es propietario de un Comercio, se preguntará cuales son sus obligaciones para con el fisco y que debo hacer para evitar o minimizar problemas con los diferentes éntes gubernamentales. Pues bien, principalmente usted deberá tener su negocio inscrito ante el Registro Mercantil de su Jurisdicción y ante el Seniat, en cuyo momento le emitirán su número de RIF (Registro de Información Fiscal), una vez que tenga estos documentos, usted deberá emitir su factura fiscal, firmar el contrato de arrendamiento si el local no está a su nombre, inscribir la empresa en el Seguro Social, en el INCES, en el Banco Nacional de la Vivienda, deberá también solicitar el permiso de Bomberos y la Patente de Industria y Comercio ante la Alcaldía donde funcionará su negocio, si tendrá personal, deberá inscribir la compañía ante el Ministerio del Trabajo y en cuanto al personal con el cual trabajará, deberá informar su existencia al IVSS, INCES, Banvih y Minptrass.
En resumen:

1.- Inscribir el Negocio ante el Registro Mercantil de su Jurisdicción, en ésta etapa adquirirá el Acta Constitutiva.
2.- Inscribir el Negocio ante el SENIAT, en esta etapa recibirá su RIF.
3.- Firmar ante un Notario el Contrato de Arrendamiento del Local
4.- Solicitar el Permiso de Bomberos
5.- Solicitar la Patente de Industria y Comercio ante la Alcaldía
6.- Inscribir la Compañía ante el IVSS y al personal que tenga trabajando con usted.
7.- Inscribir la Compañía ante el INCES y al personal que tenga a su cargo
8.- Inscribir la Compañía y su nómina ante el Banco Nacional de la vivienda
9.- Inscribir la coimpañía ante el Ministerio del Trabajo y solicitar el Sellado de los Horarios del Personal.
10.- Solicitar el Sellado de Libros, el Codigo de Comercio exige el uso de los Libros Diario, Mayor e Inventarios, actualizado por un contador, administrador o economista colegiado., por su parte el Seniat, exige el uso de un libro de Compras y uno de Ventas, de igual modo actualizado cada mes por un Profesional Colegiado.
11.-Sus obligaciones para con su personal se las resumo a continuación:
|11.1.- Salario nunca inferior al mínimo según la legislación actual.
11.2.- Vacaciones una vez al año deben incluir no menos de 15 dias de vacaciones pagados y adicionalmente 7 días de Bono Vacacional, cada año, se incrementará un día a cada uno de estos conceptos, por ejemplo:
Año 1    Vacaciones 15 dias  +  Bono Vacacional 7 días 
Año 2    Vacaciones 16 días + Bono Vacacional 8 días
Año 3    Vacaciones 17 días + Bono Vacacional 9 días......
11.3.- Utilidades anuales no inferiores a 15 días de salario por año.
11.4.- Prestaciones no inferiores a 5 días por mes, a partir del tercer ininterrumpido de trabajo.
11.5.-  Aporte al IVSS del 11%, 12% o 13%, el patrono debe pagar el 70% de ésto y el trabajador el 30%, lo cual se le descontará del salario mensual.
11.6.- Aporte al Banco Nacional de la Vivienda, el Patrono aportará el 2% y el trabajador el 1% del salario del trabajador.
11.7.- Si usted tiene más de 30 personas en su equipo, deberá pagar el 2% y sus trabajadores el 0,50% del salario mensual, estos pagos se realizarán de forma trimestral.
11.8.- Adicionalmente usted deberá notificar TODOS los movimientos de su nómina al Ministerio del Trabajo (Minptrass).
12.- Deacuerdo a su actividad, deberá declarar y pagar una tasa mensual o trimestral (deacuerdo a la Alcaldía), por sus ingresos brutos al ente municipal.
13.- Usted debe declarar antes del 15 de cada mes, toda la actividad comercial correspondiente al mes anterior ante el SENIAT y conforme a su declaración deberá pagar el IVA resultante, en éste mismo periodo.
Espero esta información haya sido util para usted.

Lic. Carlos De Mendonca C.
LAC 01-46319

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